Si quiero liquidar mi crédito, ¿Hay algún descuento? (Venta de casas en Puebla)


Sí. Existe el Descuento por Liquidación Anticipada y otorga una reducción al saldo total que tengas de tu crédito, al momento que lo quieras liquidar. Las políticas son estrictas y debes considerarlas bien antes de efectuar el pago, pues si pagas de más, no hay posibilidades de devolución.
Es preciso que acudas con un asesor Infonavit para que te diga exactamente cuánto debes pagar, en función de tu saldo y el descuento que te corresponde. Puedes ingresar a la páginawww.infonavit.org.mx en la liga Cuánto debo de mi crédito, en la liga Recompensas vienen los diversos productos que ofrece el Infonavit de acuerdo a tus necesidades, debes inscribirte si es por liquidación total anticipada, ingresando el número de crédito leyendo las políticas, das click y aparece el saldo total a liquidar, debes imprimir esa hoja, hablar a Infonatel y decir que vas a liquidar el crédito proporcionando el número.
Además, comenta que ya te inscribiste en el programa Recompensas para que en ese momento los asesores de Infonatel lo pongan en el sistema y sea reconocido dicho descuento otorgado por medio de este programa, si este movimiento lo haces mientras tienes una relación laboral al quedar el crédito en ceros después de 5 días hábiles que pagaron, deben imprimir su aviso de suspensión, entregarlo a la empresa y en caso de que al momento de liquidar, la empresa siga descontando, el acreditado después de tres meses tiene derecho de hablar a Infonatel y preguntar si existe saldo por exceso de pago de crédito, en ese momento el asesor les dirá, dándole la cantidad a devolver.
Se les dará un número de caso para que después de unos días les proporcionen una línea de referencia para su cobro en el banco HSBC con identificación oficial y una clave proporcionada por Infonatel.
 Los descuentos dependen de la fecha de otorgamiento de tu crédito: 30% si es anterior a agosto de 1995; 10% si tiene 10 años o más de haber sido otorgado, y del 5% al 10% si la fecha de otorgamiento es mayor a dos años. El crédito no debe haber sido reestructurado nunca ni estar en prórroga o haberlo estado; se excluyen también los créditos en demanda.

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